Regulación Argentina

Oferta pública o privada: los dos caminos de la CNV

La CNV argentina ofrece dos vías para una emisión: oferta pública, para llegar a cualquier inversor, y oferta privada, más rápida pero limitada a inversores calificados. La elección define el resto del proyecto.

Oferta pública — RG 1069

Permite ofrecer el instrumento a cualquier inversor, sin límite de cantidad. A cambio, exige mayor nivel de disclosure, prospecto completo, y supervisión continua de la CNV. Es el camino cuando el proyecto necesita alcance masivo y puede sostener la carga de compliance que eso implica.

Oferta privada — RG 1088

Limitada a un máximo de 50 inversores calificados. Es un proceso más rápido y con menos requisitos formales, pensado para emisiones dirigidas a un universo acotado de inversores institucionales o sofisticados. El límite de inversores es una restricción dura, no una sugerencia.

Qué más hay que resolver, en cualquiera de los dos caminos

TOKAI RWA define el camino regulatorio antes de tocar la arquitectura técnica del token — la clasificación legal condiciona el diseño, no al revés.